El abogado del exalcalde de Marbella Julián Muñoz ha pedido al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Málaga que conceda la libertad condicional anticipada a su representado, propuesta por la junta de tratamiento de la cárcel malagueña de Alhaurín de la Torre, por existir un riesgo “patente” para su vida y porque no tiene capacidad de reincidencia, siendo “escasa” su peligrosidad criminal.
El letrado Antonio José García Cabrera, de Lemat Abogados, pide que se apruebe la propuesta, con la imposición de unas reglas de conducta, considerando que una vez concedido el tercer grado por causa especial de enfermedad grave e incurable, “salvo circunstancias sobrevenidas de especial entidad o por existencia de peligrosidad criminal, procede acordar la libertad condicional al tener los mismos presupuestos legales”.
La Audiencia de Málaga confirmó la concesión del tercer grado a Muñoz por enfermedad grave con padecimientos incurables, que ya había sido otorgado en agosto. Tras esto, la prisión elevó al juzgado una propuesta de libertad condicional, con la que la Fiscalía se mostró a favor; aunque mientras, el juez de Vigilancia Penitenciaria instó a la cárcel a que aplicara los beneficios del tercer grado, lo que permitió a Muñoz salir de permiso el pasado fin de semana.
Escrito de alegaciones
En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, el letrado entiende ajustado conceder la libertad condicional “porque no hay causas de suficiente entidad que deban impedirlo”, como las relativas a la peligrosidad criminal, apuntando que “socialmente, se han superado los recelos e incomprensiones que la inicial decisión, sin duda por desconocimiento, provocó en la sociedad española”.
“Hoy esos prejuicios contra ‘el personaje de Julián Muñoz’, según expresión de la Sala, han desaparecido completamente interiorizándose la justicia de la decisión”, indica el abogado, quien considera que “se ha producido un auténtico vuelco en la opinión pública” a favor “por humanitarismo y dignidad personal”. Añade que “no existen prácticamente precedentes” en la jurisprudencia en los que declarado el carácter muy grave e incurable de la enfermedad no se haya aprobado la libertad condicional, aludiendo al caso de Bolinaga.
Estado de salud del reo
Sobre su salud, dice desde que se concedió por el juzgado el régimen de semilibertad “han transcurrido ocho meses en los que el señor Muñoz hubiera podido disfrutar de ese tercer grado con un evidente empeoramiento de su estado de salud desde entonces” y se precisa que, prácticamente, la totalidad de los informes médicos coinciden sobre la gravedad de su situación.
En este sentido, los informes, según recoge el escrito, hablan de una pluripatología y añaden que: “no puede descartarse la presentación de complicaciones de tipo súbito que pongan en peligro su vida o su integridad física”, indicando el letrado que “todos los protocolos de prevención de estas enfermedades aconsejan que sean los familiares los encargados de observarlo”. Además, el estar en un medio penitenciario “puede influir” en un evolución desfavorable.
García Cabrera considera que no se puede asimilar grave e incurable con estado preagónico y precisa que “si en abril de 2015 su posibilidad de morir era de un 67 por ciento a cuatro años, pasado un año es evidente, por este transcurso del tiempo y por la agravación de la enfermedad, que esta probabilidad es aún mayor”, por lo que “parece incuestionable en términos médico legales que el riesgo vital es calificable como patente”, añade.
Sobre el aspecto delictivo, recuerda que en el expediente elevado por la prisión consta “datos objetivos de carácter forense sobre su dificultad para delinquir y escasa peligrosidad criminal, suarrepentimiento –asume los hechos y tiene una actitud de responsabilidad– y, en consecuencia, el actual posicionamiento respecto del delito”. Además, está el bajo pronóstico de reincidencia y el buen comportamiento.
Los psicólogos apunta, según el escrito, que Muñoz hace un relato de “desaliento y desprecio hacia el momento en el que tomó la decisión de la implicación delictiva”, además de que ha expresado “el lamento permanente del torcido camino elegido como gloria de un día”. Se entiende acreditado un “coherente alejamiento temporal, actitudinal y de valores respecto a la época de los hechos”.
Más de seis años privado de libertad
Ha estado más de seis años privado de libertad en dos periodos, de julio de 2006 a septiembre de 2009, cumpliendo condenas por delitos urbanísticos; y de abril de 2013, cuando fue condenado por el caso en el que también se condenó a sus exparejas, hasta la actualidad, por lo que ha cumplido ya más de una tercera parte del máximo legal de cumplimiento. Respecto a la responsabilidad civil, sólo parcialmente reparada, tiene todas sus propiedades y recursos económicos destinados al pago de las mismas.
Por otro lado, el abogado insiste en que su filosofía de que se le apliquen los beneficios penitenciarios mientras, apuntando que “nada impide que mientras se resolvía sobre la libertad condicional pudieran concederse los beneficios propios del tercer grado” –como se ha hecho tras instarlo el propio juzgado–, aunque apunta que esta decisión “no puede perjudicar la que se ha de adoptar sobre la libertad condicional”.