Conceden el tercer grado a Julián Muñoz por su delicado estado de salud El exalcalde de Marbella padece una grave enfermedad incurable ;El juez de Vigilancia Penitenciaria se apoya en tres informes médicos que reducen su esperanza de vida a un máximo de cinco añosEl exalcalde de Marbella padece una grave enfermedad incurable ;El juez de Vigilancia Penitenciaria se apoya en tres informes médicos que reducen su esperanza de vida a un máximo de cinco años

El exedil del GIL Javier Lendínez en una imagen de archivo junto a Julián Muñoz en un juicio urbanístico

El exalcalde de Marbella Julián Muñoz, junto al exedil del GIL Javier Lendínez en imagen de 2014 durante un juicio urbanístico 

El juez de Vigilancia Penitenciaria de Málaga ha acordado que el exalcalde de Marbella Julián Muñoz -interno en la prisión de Alhaurín de la Torre- siga cumpliendo su condena en tercer grado en un centro de internamiento adecuado a la situación del preso (dada la enfermedad grave e incurable), establecimiento que determinará Instituciones Penitenciarias, según han informado fuentes oficiales del TSJA.

Esta resolución la adopta el juez, al aplicar  tanto el Reglamento Penitenciario como la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al entender que concurren en el interno Julián Muñoz los requisitos que la ley exige para estos supuestos especiales: en primer lugar, una enfermedad  grave e incurable (los informes médicos señalan un pronóstico de vida corto), la falta de facilidad para volver a delinquir, la escasa peligrosidad del interno y, por último, razones humanitarias y de dignidad personal.

Este acuerdo no supone la supresión del cumplimiento de la condena, ni ningún tipo de indulto, ya que Muñoz seguirá cumpliendo las penas impuestas en un establecimiento penitenciario adecuado a las características del interno, “una vez progresado al tercer grado”, indican desde el alto tribunal andaluz.

La resolución judicial no tiene efectos inmediatos,  ya que puede ser recurrida por las partes y hasta que no sea firme no se puede ejecutar.

El auto notificado este martes señala también que el juez de Vigilancia Penitenciaria de Málaga no es el competente para determinar en qué centro penitenciario debe estar el interno. Esta cuestión la determina la administración de Instituciones Penitenciarias, que responderá así al recurso del expedidor en el que éste rechazaba el internamiento en la prisión de Almería.

 Si el interno incumpliera las normas del nuevo centro, o variaran las circunstancias personales de éste, el juez podría modificar el acuerdo tomado hoy.

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