La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena al encargado de un restaurante de Marbella por un delito continuado de abuso sexual a una empleada, a la que le realizó tocamientos y le dijo: “¿Sabes que esto es acoso?”.
Los hechos sucedieron en octubre de 2012. Según se declaró probado por un juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, encargado de un establecimiento de Marbella, se dirigió a la mujer, que había sido contratada unos días, “con ánimo de satisfacer su deseo sexual”.
Así, según la resolución, “aprovechando que la mujer se encontraba sola en la cocina, la abrazó sorpresivamente por detrás y contra su voluntad”, le realizó tocamientos, al tiempo que le decía: “¿Sabes que esto es acoso?”. Al día siguiente, volvió a realizar lo mismo.
Por estos hechos, el acusado fue condenado por un delito continuado de abuso sexual a la pena de 21 meses de prisión, a razón de diez euros diarios; es decir, una multa de 6.300 euros. La defensa del acusado recurrió dicha sentencia, pidiendo la absolución.
Un testigo presenció “un beso”
Pero la Sala señala que la mujer declaró “de forma totalmente creíble” que desde el principio el acusado comenzó a hacerle proposiciones y comentarios de tipo sexual, “denigrándola constantemente con repugnantes expresiones”, no existiendo ninguna razón para que ella no estuviera diciendo la verdad.
Además, dicha declaración, “verosímil y plenamente creíble”, fue corroborada por una testigo, quien “pudo ver que el acusado se acercaba demasiado a la mujer y que llegó a darle un beso, poniendo ella cara de asco”, viendo también cómo la abrazaba por detrás.
La defensa pidió también que se rebajara la multa por estar en hombre en paro desde 2014 y no percibir prestación o subsidio alguno, pero el Tribunal considera que “la insuficiencia de datos exhaustivos sobre la situación económica del acusado no debe llevar automáticamente” a imponer una cuota menor.
Al respecto, se indica que de accederse a lo solicitado “se estaría privando a la pena de cumplir adecuadamente su finalidad de prevención especial”.