La Sección Primera de la Audiencia de Málaga, presidida por el magistrado José Godino, ha dado la razón al Ayuntamiento de Marbella, frente al exjefe de la Policía Local Rafael del Pozo, al rechazar que el que fuera condenado por cohecho en el ‘caso Malaya, pueda regresar de nuevo a su plaza. De hecho, tal y como pretendía el secretario municipal, Antonio Rueda, en el recurso de súplica que presentó frente a un primer fallo adverso, desvelado en su día por este medio digital, la Sala resuelve que el exsuperintendente pierde su condición de funcionario.
Así se establece en el auto notificado el pasado 22 de mayo, de 20 folios de extensión, al que ha tenido acceso Marbella Confidencial. Los tres magistrados que componen el tribunal decretan que “la pena de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargo público impuesta al Sr. Del Pozo Izquierdo conlleva la pérdida denifitiva de su condición de funcionario público, y en su consecuencia la de poder ejercer el cargo de Jefe de la Policía Local o de Policía en cualquier población”.
Así pues, añaden, “dado el tiempo transcurrido desde la suspensión de empleo del mismo, procede dar por cumplido el periodo de inhabilitación para poder presentarse ex novo a las oposiciones de Policía de cuya condición ha sido privada”. En base a esta resolución firme, Del Pozo debe a partir de ahora presentarse de nuevo a una oposición para acceder a la administración pública, si lo desea, y poder recuperar así su condición de funcionario.
Previamente al fallo expresado, en el apartado de Fundamentos de Derecho que resuelve este recurso de súplica, el tribunal recuerda que “[…] quizás la Sala desligó, como se ha dicho, el cargo de Jefe de la Policía Local de Marbella de la profesión de militar o policía del penado, al considerar que lo que realmente le facultó para actuar ilícitamente fue la vertiente política del cargo reseñado. Criterio que a la vista de la jurisprudencia reseñada hemos de considerar desacertado, pues el delito del cohecho cometido guarda relación directa con su condición de superintendente de la Policía local de Marbella, es decir, el Policía local de mayor rango de la misma, por lo que previa estimación del recurso de súplica interesado y consiguiente revocación del Auto de Esta Sala de fecha 6-4-16 procedemos a fijar el alcance de la pena de inhabilitación impuesta al Sr. Del Pozo en este procedimiento […]”, reza el fallo contra el que no cabe recurso.