La Audiencia de Málaga ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Salvador Gardoqui, contable y testaferro de Juan Antonio Roca en el ‘caso Malaya’, contra la decisión de la administración penitenciaria y de un juzgado de Madrid de no conceder el tercer grado o régimen de semilibertad. Se trata de uno de los principales hombres de paja del considerado cerebro de la trama de corrupción municipal desarticulada en Marbella.
El relevante papel de Gardoqui como administrador único de la sociedad Maras Asesores S.L., clave para entender el entramado de Rocas, fue desvelado– así como su identidad, con fotografía incluida– por El Mundo de Andalucía en abril de 2003, tras una investigación periodística. Faltaban aún tres años para que el juez Miguel Ángel Torres practicara las primeras detenciones en esta macro causa penal.
Este abogado madrileño, que trabajaba en exclusividad para Roca y pasaba por empresario, fue condenado a cuatro años de prisión por un delito de blanqueo de capitales tras hacerse firme la sentencia del juicio por el ‘caso Malaya’. Ingresó en una cárcel madrileña para cumplir dicha pena días antes que los demás condenados.
Los argumentos de esa resolución penitenciaria y del juzgado contra la progresión a tercer grado fueron que aún está en una fase inicial de cumplimiento y que es necesario que previamente “disfrute de un régimen continuado de permisos de salida para conocer cuál es su evolución”, según consta en un auto de la Audiencia de Málaga.
La defensa de Gardoqui recurrió esa decisión, alegando diferentes circunstancias, como su “excelente comportamiento”, que carece de sanción alguna, que tiene una oferta formal de trabajo, que no tiene antecedentes penales ni ha sido imputado en otra causa y que cuenta con apoyo exterior.
Así, se solicitaba que se le concediera el tercer grado o, al menos, que se le aplicara una modalidad de régimen que conlleve la autorización para salir a trabajar de lunes a viernes, en función de la oferta de trabajo que tiene.
No obstante, la Sala que ejecuta la sentencia del caso ‘Malaya’ ha acordado, mediante un auto al que ha tenido acceso Europa Press, desestimar ese recurso, al entender que no se dan las condiciones para la progresión de grado, confirmando su clasificación en segundo grado, sin perjuicio de lo que resulte de su evolución penitenciaria.