La Audiencia de Málaga resuelve que Isabel Pantoja entre en prisión El tribunal se pronuncia en un auto de 18 folios tras la petición de Anticorrupción ; El auto habla de un "demoledor ataque a la sociedad democrática" por blanquear fondos de Julián Muñoz y ser partícipe de la corrupción municipal ;La Sala accede a la petición de la cantante para fraccionar el pago de la multa de 1,1 millones El tribunal se pronuncia en un auto de 18 folios tras la petición de Anticorrupción ; El auto habla de un "demoledor ataque a la sociedad democrática" por blanquear fondos de Julián Muñoz y ser partícipe de la corrupción municipal ;La Sala accede a la petición de la cantante para fraccionar el pago de la multa de 1,1 millones

 

Isabel Pantoja declarando durante el juicio

Isabel Pantoja declarando durante el juicio

Auto íntegro de la Audiencia de Málaga (PDF)

La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha rechazado este lunes la solicitud de Isabel Pantoja para eludir la pena de prisión. En un auto de 18 folios de extensión deniega la pretensión de los abogados de la cantante para que se suspendiera la condena de dos años de cárcel. El tribunal malagueño ordena que se ejecute ya la sentencia firme del Supremo para todos los condenados. No obstante, la resolución judicial de la Sala malagueña establece que puede interponerse un recurso de súplica en el plazo de tres días.

Para los magistrados Federico Morales (presidente), Carmen Soriano y María Luisa de la Hera, las conductas protagonizadas por Isabel Pantoja y el exalcalde de Marbella Julián Muñoz cuando fueron pareja “suponen uno de los ataques más demoledores que puedan infringirse a una sociedad democrática, no sólo desde un punto de vista cuantitativo: por el perjuicio económico que producen, sino cualitativo al socavar, hasta casi disolver, los principios básicos sobre los que se asienta aquélla”.

Carmen Soriano Parrado, magistrada ponente de este auto de ejecutoria de condena, sostiene también que “debe primar –por encima de todo–la función de prevención general que, junto a otras, está llamada a cumplir la pena”. Alude la jueza  a que la pena privativa de libertad “debe cumplir su función de servir de freno a posibles conductas futuras de análoga naturaleza”. Se refiere a “normas jurídicas” de carácter ejemplar “que no ejemplarizante, en la medida en que suponen un patrón de conducta que todos debemos seguir”.

Apuesta por el cumplimiento de la pena de prisión para Pantoja “huyendo, en definitiva, de pronunciamientos meramente formales, equivalentes en la práctica a una cuasi impunidad material–de banqueros, políticos, personas poderosas o de relevancia pública–; que es la situación a la que nos conduciría acceder a la suspensión impetrada por los dos condenados”, señala en alusión a la tonadillera y el exedirector bancario Benjamín Martínez Cantero.”

“Paradigma de la ilegalidad criminal” en la persona de Pantoja

Entre los razonamientos jurídicos expuestos, la Sala Segunda de Málaga destaca que la “repercusión y trascendencia de tales actividades delictivas en la vida social española es difícil de cuantificar, pero en todo caso , está fuera de las más mínima duda que fue y es enorme; configurándose como paradigma de ilegalidad criminal en el aprovechamiento privado y torticero del patrimonio público y, en tal sentido, de enorme gravedad social”, reza el auto.

En cuanto al Ministerio Público, se ha cumplido lo que se preveía. La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a que la cantante Isabel Pantoja eluda la pena de dos años de prisión, impuesta tras la condena firme por blanqueo de capitales que le impuso el Tribunal Supremo. El Ministerio Público sí acepta el pago fraccionado de la multa de 1,1 millones de euros. El escrito de la fiscal del caso, María del Mar López Herrero, recoge la gravedad que para la sociedad suponen los delitos de corrupción, además de la falta de arrepentimiento de la condenada, al no haber reconocido la comisión del delito, según fuentes jurídicas.

Este medio digital ya adelantó el pasado 24 de octubre  la pretensión de Anticorrupción en lo que respecta a que Pantoja cumpliera su pena, en la misma línea de lo solicitado para otros condenados con menores penas de prisión y multa que la tonadillera, tal es el caso del exempleado de banca suiza Fernando de Salinas y el exdirector de CajaMar, Benjamín Martínez Cantero.

El escrito de la representante de la acusación pública, de cuatro folios de extensión, sostiene que la cantante se sirvió de su relación sentimental con el exalcalde de Marbella Julián Muñoz– en prisión ya por esta causa y otras– para poner al servicio del expolítico del GIL sus sociedades y cuentas bancarias personales “favoreciendo la ocultación y opacidad de sus actos”.

Mención especial tiene la fiscal para los ciudadanos marbellíes, víctimas del saqueo contínuo de los gobiernos gilistas. Asegura López Herrero que la actitud de Pantoja, con sus actos de blanqueo respondió “a un propósito bien definido y firme con desprecio absoluto, como mínimo, a sus vecinos de Marbella, al cooperar y beneficiarse de las arcas públicas del Ayuntamiento saqueadas, entre otros, por su pareja”.

 

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