Los forenses que han declarado este lunes en el juicio a cuatro policías locales de Marbella, acusados en relación con la muerte de un hombre al reducirlo en plena calle, han mostrado discrepancia entre ellos sobre las causas que originaron el fallecimiento de la víctima.
Los hechos sucedieron en febrero de 2006. La Fiscalía acusa a un agente por un delito de homicidio por imprudencia y pide dos años de prisión, al considerar que se extralimitó al presionar a la víctima cuando estaba tumbada. La acusación particular, que representa a la familia del fallecido, acusa a cuatro policías y por más delitos.
Así, mientras dos médicos forenses que hicieron la primera autopsia y la Real Academia de Medicina de Granada sostienen que la muerte se debió a un delirio agitado debido al consumo y adicción a la cocaína; el profesor Luis Frontela ha señalado que se trató de una asfixia por sofocación, al obstruirle la entrada de aire.
El fallecido tenía roto el tabique nasal
La vista oral continuará este martes en la Sección Segunda. En la sesión de este lunes han declarado varios peritos, el primero de ellos el forense que se encargó de realizar el levantamiento del cadáver, quien ha explicado que aparentemente el hombre tenía roto el tabique nasal.
Los médicos forenses han mantenido que para determinar las causas de la muerte tuvieron en cuenta los antecedentes, como el consumo de cocaína, y también los datos aportados en el atestado policial, de que el hombre tenía hipertermia, insensibilidad al dolor y su actitud era de fuerza extrema.
Con estos datos, han indicado, llegan a la conclusión de que se trata de un “caso típico” de un delirio agitado o excitado, ya que tiene “todas las características del mismo”. Aparte, tenía varias lesiones que no afectaron a órganos vitales y “nada tienen que ver” con las causas de la muerte.
La prueba pericial del profesor Frontela
Por contra, el forense Luis Frontela se ha mostrado “absolutamente” en desacuerdo con los anteriores y ha señalado que, aunque tuviera un delirio agitado, algo que ha dicho, no se puede concretar, “pocas personas fallecen por esta causa”, apuntando que existen unos protocolos “para evitar la muerte”.
Por esto, ha insistido en que hay “signos objetivos” de sofocación y es posible determinar los mecanismos con los que se produjo y, respecto a si es posible producir dicha asfixia sobre una superficie dura, ha incidido en que no es necesaria una ausencia total de aire para producirla, sino que basta con que “entre muy poco”.
Existe un tercer informe, el de la Academia de Medicina de Granada, que ha sido explicado por uno de los representantes, el cual ha indicado que esta institución también sostiene que se trató de un delirio, descartando la asfixia, aunque indicando que la contención violenta fue “una concausa necesaria, pero no suficiente”.
Según el fiscal, dos agentes fueron avisados de que una persona iba con el torso desnudo y un pantalón de pijama caminando por una calle en estado de agitación y cuando los policías se acercaron para identificarlo, el hombre, “lejos de atender los requerimientos”, comenzó a hacer aspavientos.
Ante dicha actitud “hostil”, señala la acusación pública en su escrito inicial, los policías locales “tuvieron que emplear la fuerza necesaria, golpeándole con sus defensas en la zona del torso y abdomen para reducirle”, para, finalmente, con la ayuda de dos ciudadanos, lograr tumbar a la víctima en el suelo.
Dada la “gran envergadura” y el peso del hombre, llegaron de refuerzo otros dos agentes, entre ellos el acusado por la Fiscalía, el cual se puso de rodillas sobre la parte superior de la espalda, “presionando fuertemente al detenido”, al tiempo que le agarraba la cabeza hacia atrás “dificultando y taponando la entrada de aire”.
La acusación pública sostiene que aunque la actuación de este acusado “por sí misma no fue la causa que desencadenó la muerte del detenido, sí que fue un elemento para provocarla, excediéndose dicho agente en el empleo de la fuerza mínima imprescindible y necesaria, teniendo en cuenta que el hombre ya estaba casi inmovilizado.
Por su parte, la acusación particular, que pide distintas penas de prisión para cada uno de los cuatro agentes, señala en su escrito que los policías utilizaron las defensas contra la víctima “golpeándole” y en una actuación “desproporcionada”.
Aunque se indica que fue un policía –el mismo que acusa la Fiscalía– el que provocó a la víctima la falta de aire, esta parte sostiene que “ninguno de los tres agentes recriminó” nada a dicho compañero ni auxiliaron al hombre, sino que “todos participan de la acción con una conducta claramente omisiva”.