
El presidente del Club de Empresarios y Profesionales de Marbella, Alejandro Criado, junto a la vicepresidenta de la entidad, Shaina Al Shaoud. En el centro el ponente, el abogado Salvador Ruiz Menacho. Foto/ CABANILLAS
El abogado laboralista Salvador Ruiz Menacho, experto en negociación sindical y conflictos colectivos, fue el ponente del almuerzo mensual del Club de Empresarios y Profesionales de Marbella (CEPM) que preside el también letrado Alejandro Criado, quien presentó al conferenciante en el Óbal Urban Hotel (antiguo San Cristóbal).
Bajo el título de ‘Retos de las empresas ante el nuevo horizonte laboral de 2025’ este reputado profesional en la materia aseguró, al inicio de su intervención, ante más de medio centenar de socios, que “tras la pandemia el mundo de las relaciones laborales ha dado un giro enorme en los últimos cinco años, y se ha desarrollado de forma totalmente distinta a la que estábamos acostumbrados”.
El también socio director de RM Abogados se refirió a factores como “la sistemática y contínua reforma en legislación (laboral) por parte del Gobierno”, y por directrices de la doctrina social europea, tanto del Consejo Económico y Social Europeo, a través de la Carta Social como de los tribunales de justicia.
Todo lo anteriormente expuesto, afirmó Ruiz Menacho, “ha hecho que se vuelva a un modelo de relaciones laborales donde se está encorsetando y volviendo muy rígido el mercado laboral con respecto a las relaciones entre la empresa y tenemos retos muy importantes que afrontar en este año”, enfatizó sobre 2025.
La subida del SMI (salario mínimo interprofesional) –apuntó el conferenciante– “ha sido muy controvertida, porque los agentes sociales no llegaron a un acuerdo, y la reforma de lo que es la jornada laboral, al pasarla a 37 horas y media, que está en el proyecto de Ley, dará un giro muy relevante en los convenios.
“Si realmente sale la reforma va a tener también una repercusión muy importante en el SMI que se ha aprobado este año, porque si se reduce la jornada laboral manteniendo el salario quiere decir que hay indirectamente una subida del SMI”.
Así pues, explicó este experto, “los trabajadores a tiempo parcial, los que tengan una jornada de 37 o 37 y media, se convertirían de forma automática en trabajadores a jornada completa, con lo cual también se les subiría el salario”, vaticinó.
De forma automática y, derivado de lo anterior, los contratos a tiempo parcial con horarios inferiores, “como ese tipo de contratos parciales y salarios” se modulan a través de lo que es “el cien por cien de la jornada ordinaria”. Ruiz Menacho sostiene que “cuando computas la jornada los tiempos parciales también van a subir; con lo cual eso va a tener una repercusión en los costes”, auguró.
Retos para las empresas en 2025
En el marco de los “retos importantes” en la agenda laboral de las empresas, a las que Ruiz Menacho representa como abogado laboralista, se refirió a “la reforma que está ya en el Parlamento y que ayer –por el pasado jueves– “se hizo lo que es un texto de proposición con fecha 26 de marzo a raíz de la sentencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TEJUE) sobre las personas que son afectos o declaradas en situación de incapacidad permanente”.
Al respecto de la incapacidad permanente explicó que “antes”, por el artículo 49 del estatuto de los trabajadores, se les extinguía el contrato de forma automática a quienes estaban en tal condición. Sin embargo, aclaró, “ahora dicen que no, porque es un motivo de discriminación directa el hecho de extinguir el contrato”.
Con esa reforma habrá que darle al trabajador la posibilidad, “si él lo decide así”, de una reubicación a través de la adaptación del puesto de trabajo. “Lo que se acaba de aprobar en el Congreso es la propuesta de cómo se va a hacer esa readaptación, porque en el anteproyecto se recoge que se puede hacer siempre que no cause perjuicio a la empresa y se están concretando ahora cómo serían los perjuicios”, indicó el ponente.
Por otro lado, “está también en el candelero” una sentencia muy importante de finales de 2024 sobre la audiencia previa para despedir a un trabajador por causas disciplinarias, que ya no se puede hacer sin darle audiencia previa, “porque entiende el TJUE que en base al 185 del convenio de la OIT hay que darle traslado y audiencia”.
El posible aumento de las indemnizaciones por despido, llamadas “disuasorias”
Otro asunto importante, con sentencia de noviembre de 2024, “que estamos esperando”, apuntó Ruiz Menacho, es si se elevan las indemnizaciones por despido, que son las llamadas “indemnizaciones disuasorias”.
El Supremo estimó que no debían elevarse tales indemnizaciones, “pero lo ha dicho en virtud de del artículo 93 de la Constitución, es decir la aplicación del principio de legalidad”, replica este letrado.
No obstante, este jurista sostiene que en el momento que se produjo la llegada al Supremo (algo que suele tardar entre 3 y 4 años) “no se podía aplicar la indemnización disuasoria en virtud de la Carta Social Europea, porque la que estaba en vigor no lo contemplaba”.
Ruiz Menacho cree que “no es descartable que vía Tribunal Supremo, a través de nuevos recursos que le lleguen, o a través del Gobierno que haga la reforma, nos encontremos con un aumento de indemnizaciones de carácter disuasorio”.
Este veterano especialista, en ejercicio desde 1991 precisó que “ya se están dando los despidos nulos de forma casi automática”. Dentro de los retos marcados para 2025 añadió que “entramos ahora con el convenio colectivo y los planes de igualdad para empresas mayores de 50 trabajadores, que deben tener planes de igualdad para el colectivo LGTBI. Por tanto es un año que va a ser movido y las empresas no se van a aburrir”, sentenció.