La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha estimado un incidente de nulidad presentado por el abogado del exalcalde de la localidad malagueña de Marbella Julián Muñoz y ha anulado la resolución por la que se revocó el régimen de semilibertad concedido y por la que hasta el momento ha mantenido a Muñoz en segundo grado penitenciario.
El letrado Antonio José García Cabrera, director de la firma Lemat Abogados, promovió un incidente de nulidad contra el auto dictado por la Sección Tercera de la Audiencia –Sala de Vacaciones– en agosto pasado, en el que se disponía la continuidad de Muñoz en segundo grado, tras estimar el recurso del fiscal contra la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria de concederle el tercer grado.
El abogado alegó vulneración de un derecho fundamental porque no se le informó de la composición de la Sala de Vacaciones –formada por magistrados distintos a los habituales– para poder recusar, en su caso, a alguno de los componentes. De hecho, entre ellos estaba una magistrada que fue delegada de Justicia y que no juzgó el caso ‘Malaya’ al haber sido recusada por este motivo.
La Audiencia estima ahora los planteamientos de la defensa y anula dicha resolución, acordando que se dicte otra nueva por la Sala que resulte competente para ello, ya que considera que al no notificarse previamente la composición del Tribunal a la defensa de Muñoz y no poder éste ejercitar su derecho de recusación se vulneró su derecho a un proceso con todas las garantías.
Así, según consta en el auto de la Audiencia, al que ha tenido acceso Europa Press, se tendrá que realizar un nuevo pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía contra la resolución del juez de Vigilancia Penitenciaria que le concedió el tercer grado por padecer una enfermedad muy grave e incurable.
El letrado de Muñoz, Antonio José García Cabrera, ha considerado, en declaraciones a Europa Press, que la decisión de la Audiencia que estima su recurso “respeta los derechos fundamentales” de su defendido.
Asimismo, ha destacado que esta decisión “abre la posibilidad a que definitivamente se confirme la resolución del juez de Vigilancia que le concedió el tercer grado, porque realmente la salud y la vida de Muñoz corren peligro a corto plazo como han informado todos los médicos y forenses de forma unánime incluido los servicios médicos del centro penitenciario”.
El juez de Vigilancia Penitenciaria acordó que Muñoz siguiera cumpliendo su condena en tercer grado por su delicado estado de salud, al entender que concurrían los requisitos que la ley exige para supuestos especiales: una enfermedad grave e incurable, la falta de facilidad para volver a delinquir, la escasa peligrosidad y razones humanitarias y de dignidad personal.
Dicho magistrado aludía a los exámenes médicos que se han realizado, incluyendo uno de ellos, con fecha de julio de 2014, un pronóstico de cinco a 10 años de vida; mientras que el informe médico posterior, de febrero de 2015, refleja un agravamiento “evidente”, siendo el pronóstico de uno a cinco años; algo que se ratificó desde el servicio médico de la cárcel en julio.
No obstante, la Audiencia revocó el beneficio del tercer grado, atendiendo al recurso de la Fiscalía que consideraba que existe “un elevado riesgo de fuga” y que mantenía intacta la capacidad de delinquir. Así, la Sala consideró que en el caso de Julián Muñoz no se cumplen los requisitos necesarios para el otorgamiento del tercer grado penitenciario.