La Fiscalía Anticorrupción en Málaga y otras acusaciones personadas en el caso ‘Goldfinger’, que versa sobre la operación urbanística y financiera relacionada con la parcela en la localidad malagueña de Marbella en la que estaba el chalé del actor Sean Connery y su mujer, a los que no se juzga, han retirado la acusación para cuatro de los procesados en esta causa.
Dos asesores fiscales y dos apoderados quedan libres de cargos
Se trata de dos asesores fiscales y dos apoderados, acusados por delitos de defraudación y por falsedad, respectivamente. Tras informarles el presidente del Tribunal de la Sección Octava de la Audiencia de Málaga de que se dictará en su momento una sentencia absolutoria, los procesados han abandonado el banquillo de los acusados.
Así, son 14 las personas que permanecen acusadas en este procedimiento, entre las que se encuentran el exasesor de urbanismo del Ayuntamiento marbellí Juan Antonio Roca, el exalcalde Julián Muñoz, seis exediles, dos abogados de un despacho que representaron los intereses económicos del matrimonio Connery en Marbella y un empresario.
Trámite de conclusiones para las defensas
La Sala ha acogido este jueves el trámite de conclusiones para las defensas, que han ratificado su petición de absolución para sus clientes y han reiterado su oposición a los hechos y argumentos expuestos por las acusaciones.
A Roca se le acusa por los delitos de fraude, contra la ordenación del territorio y cohecho, solicitando la pena de ocho años de prisión y multa de 3,8 millones de euros. Su defensa ha solicitado la absolución.
Acusaciones contra Roca y Muñoz
Muñoz está acusado por un delito de fraude, por el que la Fiscalía pide dos años de prisión; y por otro contra la ordenación del territorio, por el que se solicita un año de cárcel. Su letrado ha mostrado su conformidad pero sólo respecto de este último y no del primero.
En el caso de los seis exediles, acusados por un delito contra la ordenación del territorio, la defensa ha ratificado su conformidad, ya expuesta, con los hechos relatados y las penas solicitadas por las acusaciones, ya que se enmarcan en un acuerdo global.La causa se inició por la querella de la Fiscalía Anticorrupción, tras un informe del Tribunal de Cuentas. Al principio se investigaron sólo los convenios del Ayuntamiento con las empresas Malibú y By the Sea, sobre los que se sustentó la promoción inmobiliaria de 72 apartamentos, denominada Malibú, finalizada en 2005. Luego se amplió a delitos fiscales por la explotación de la promoción.
Fiscalía defiende las pruebas practicadas
La fiscal que lleva el caso ha defendido este jueves en su informe final que las pruebas practicadas en esta causa son “legítimas y suficientes” para un sentencia condenatoria, además de “constitucionalmente lícitas”, considerando que la selección de los documentos intervenidos se realizó con “exquisitez y pulcritud”, en contra de los que sostienen las defensas.
El ministerio público considera, en sus conclusiones definitivas, que los convenios urbanísticos firmados para esta operación expresan “la trama para beneficiar a la promotora y sus propietarios en perjuicio del Ayuntamiento de Marbella, mediante la rebaja de los costes de adquisición de los derechos edificatorios para ejecutar una promoción inmobiliaria en una zona privilegiada de Marbella”.
Dicha trama, sostiene en su escrito al que ha tenido acceso Europa Press, “fue urdida” por Roca, de un lado, y, por otro, por tres de los acusados, que gestionan los intereses de Malibú y By the Sea. Las parcelas sobre las que se iba a construir fueron objeto de sucesivos convenios, pactándose una nueva configuración urbanística con incremento de la edificabilidad.
Además, según la fiscal, se produjo una infravaloración de la edificabilidad y arbitrariedad en comparación con otras, al tiempo que se cedieron aprovechamientos sin que en los convenios aparezca justificación de la falta de interés para el patrimonio municipal. Señala que “bastaba el mero acuerdo de partes para la incorporación de la innovación urbanística al texto en revisión sin esperar la aprobación”.
“Esto es expresión de la única política urbanística de Marbella desde 1991, calificada en la sentencia del caso ‘Malaya’ como urbanismo a la carta”, indica en su escrito, apuntando que, aunque no llegaron a consumarse los aprovechamientos por la falta de vigencia del PGOU y de aprobación, “se ha materializado en la ejecución de la obra”.
El proyecto inmobiliario juzgado obtuvo las licencias siguiendo directrices de Gil y Roca
Asimismo, se precisa que, posteriormente, el proyecto inmobiliario obtuvo las correspondientes licencias, aprobadas por los exediles siguiendo las directrices del que fuera alcalde Jesús Gil y de Roca, quien, desde su llegada en 1991, según se reitera, “ha sido la persona que de modo inequívoco ha mandado en el urbanismo en Marbella hasta el mismo día de su detención con motivo del caso ‘Malaya’.
Éste, reitera la acusación pública en su escrito, “propició una especie de urbanismo a la carta pues era a través de los convenios urbanísticos, negociados directamente por él mismo, con lo que se articulaba la nueva ordenación urbanística del municipio”. Las autoridades municipales “se limitaban a seguir las directricesemanadas por dicho acusado desde la entidad Planeamiento 2000”.
El control del urbanismo municipal sirvió para que Roca “se lucrara personalmente y a su través los responsables municipales, obteniendo importantes beneficios a costa de los intereses públicos”, dice la fiscal; contexto “patológicamente anómalo”, que fue “el caldo de cultivo” de los contactos existentes entre Roca y los acusados que representaban a Malibú y By The Sea sobre este proyecto.
Esa intervención en las negociaciones de los convenios, “así como en la agilización de los trámites necesarios para la obtención de la licencia de obras y aprobación del estudio de detalle, “se debía no a las propias de su cargo, sino al apartamento que aquéllos habían prometido regalarle”, que se articuló mediante una compraventa ficticia.
Informes de los peritos de la Agencia Tributaria
Por otro lado, se señala, según los informes de los peritos de la Agencia Tributaria, que el resultado de la explotación de la promoción fueron de más de 53 millones de euros de beneficios, “que debieron tributar”. Estos elevados ingresos “suponían una enorme carga fiscal”.
Por eso, los acusados vinculados con las sociedades “idearon un mecanismo defraudatorio que permitiera a la obligada tributaria evadir el pago de impuestos, además de colocar sus ingresos fuera del país a disposición de los mismos”. Entre estos mecanismos están contratos de futuros ficticios y en todo este operativo se utilizaron sociedades instrumentales radicadas, algunas de ellas, en países como Panamá o Uruguay.