Julián Muñoz seguirá insistiendo en los tribunales en la necesidad de poder cumplir su condena en régimen de semilibertad. Para ello, su defensa recurrirá la última negativa de Instituciones Penitenciarias a cambiar su situación y pedirá que se le conceda el tercer grado o un régimen atenuado, “más flexible, que permita mitigar el régimen cerrado absoluto que tiene ahora”.
Así lo ha explicado en declaraciones a Europa Press el letrado Antonio José García Cabrera, director de la firma Lemat Abogados, después de haber acudido este miércoles a ver al exalcalde de Marbella (Málaga) a la cárcel malagueña de Alhaurín de la Torre, en la que actualmente cumple condena por los casos ‘Minutas’ y blanqueo de capitales.
Decisión de la Junta de Tratamiento
El letrado, que ha señalado que su cliente sigue presentando un estado de salud delicado, ha indicado que la próxima semana se presentará ante el juez de Vigilancia Penitenciaria un recurso contra el último acuerdo de Instituciones Penitenciarias –basado en la decisión de la junta de tratamiento de la prisión de agosto– de mantener a Muñoz en segundo grado.
Esta decisión fue anterior a su ingreso en el hospital durante 10 días, en los que se le practicó un cateterismo por sus problemas cardiacos; pero en ella se determinaba que hubiera “un seguimiento para cualquier agravación de carácter médico”. Según el abogado, esto ya se ha producido, por lo que espera que la junta de tratamiento de la cárcel vuelva a ver pronto la clasificación de Muñoz.
Asimismo, ha recordado que está pendiente un incidente de nulidad de la resolución de la Sección Tercera de la Audiencia en la cual se revocó el tercer grado concedido a Muñoz por el juez de Vigilancia Penitenciaria. Este incidente es, en caso de no anularse esa decisión, paso previo a un recurso ante el Tribunal Constitucional, “porque tengo claro que se ha vulnerado un derecho fundamental”.
Juez de Vigilancia penitenciaria
El juez de Vigilancia Penitenciaria acordó que Muñoz siguiera cumpliendo su condena en tercer grado por su delicado estado de salud, al entender que concurrían los requisitos que la ley exige para supuestos especiales: una enfermedad grave e incurable, la falta de facilidad para volver a delinquir, la escasa peligrosidad y razones humanitarias y de dignidad personal.
El juez aludía a los exámenes médicos que se han realizado, incluyendo uno ellos, con fecha de julio de 2014, un pronóstico de cinco a 10 años de vida; mientras que el informe médico posterior, de febrero de 2015, refleja un agravamiento “evidente”, siendo el pronóstico de uno a cinco años; algo que se ratificó desde el servicio médico de la cárcel en julio.
La Audiencia revocó el beneficio del tercer grado
No obstante, la Audiencia revocó el beneficio del tercer grado, atendiendo al recurso de la Fiscalía que consideraba que existe “un elevado riesgo de fuga” y que mantenía intacta la capacidad de delinquir. Así, la Sala consideró que en el caso de Julián Muñoz no se cumplen los requisitos necesarios para el otorgamiento del tercer grado penitenciario.
La Sala se basó en el artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario e indicaba que “el interno padece varias patologías graves e incurables, si bien su estado no es en absoluto terminal”. Además, añadía que no existen tampoco razones humanitarias o de dignidad personal que justifiquen la progresión en grado del interno.