La Fiscalía Anticorrupción ha mantenido la acusación para el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y el exgerente de la sociedad Planeamiento 2000 Juan Antonio Roca por los convenios firmados por el Ayuntamiento con la empresa Lorcrimar, que causaron un supuesto perjuicio a las arcas municipales de 2,8 millones de euros.
La Sección Novena de la Audiencia malagueña ha celebrado este jueves la última sesión del juicio a Muñoz, Roca y el empresario responsable de la sociedad, Manuel L., a los que la Fiscalía Anticorrupción acusa de los delitos continuados de malversación de caudales –o alternativamente fraude– y de prevaricación, solicitando siete años y medio de prisión para cada uno.
El fiscal detalla en su acusación la forma de gestionar el urbanismo marbellí desde la llegada de Jesús Gil, explicando el papel de Muñoz como alcalde accidental, el de Roca al frente de la sociedad Planeamiento 2000, siendo el que “controló la práctica totalidad de los convenios que modificaban el planeamiento” y el que negociaba; así como el del empresario, absuelto en el caso ‘Malaya’, “imprescindible para las maniobras defraudadoras”.
Así, se indica que éste “negoció, bien la entrega directa de bienes inmuebles municipales como pago de reales o presuntas deudas; bien los convenios urbanísticos en los que se alteraban los parámetros urbanísticos en perjuicio de los intereses municipales y favoreciendo a terceros o a sí mismo; o a veces también utilizando su privilegiada posición e influencia para interferir en el proceso edificatorio a través de testaferros y sociedades interpuestas”.
En este caso, según las conclusiones del ministerio público, el Ayuntamiento, a través de Julián Muñoz, como alcalde accidental, suscribió con el empresario acusado Manuel L. dos convenios urbanísticos, el primero en agosto de 2000 y el segundo en marzo de 2001; que no fueron ratificados por el órgano competente.
El primero era para la enajenación de aprovechamientos urbanísticos, lo que se hizo “sin tasación previa y adoleciendo la tasación posterior de total falta de actualización, y sin procedimiento, y alterando la calificación del suelo para incrementar los volúmenes de edificabilidad, sin que esto se refleje en el precio final”.
El segundo convenio urbanístico era “complementario del anterior desde la perspectiva del promotor de edificaciones que permitía una mayor densidad de viviendas”, pasando a 148. Además, en la calificación presentada por el ministerio público se analizan las licencias de obra relativas a estos cinco conjuntos residenciales y un hotel promovidos por la empresa en dichos terrenos.
El fiscal solicita que el perjuicio al Ayuntamiento “tanto por el impago de la totalidad de las cantidades acordadas, por las cantidades no percibidas al autorizar la construcción de una mayor densidad de viviendas, así como de la infravaloración en la tasación de los aprovechamientos transmitidos” se fije en 2,6 millones de euros, más 219.249 euros en concepto de IVA; cantidad total que pide como indemnización.
Tanto Muñoz como Roca se desvincularon de estos convenios. En el caso del primero, reiteró que no sabía lo que firmaba y no negociaba con los empresarios, sólo confiaba en los técnicos. En lo que respecta al segundo, declaró que, aunque normalmente era el que negociaba los convenios, en este caso no intervino en ninguno de los dos, que no se elaboraron en Planeamiento 2000.